Cataluña considerará gran tenedor a los propietarios de 5 pisos en zonas tensionadas

Ago 23, 2023 | Alquiler, Patrimonio

Últimos trámites en Cataluña para empezar a aplicar el control de precios del alquiler en los 140 municipios declarados por la Generalitat como zonas de mercado residencial tensionado. Con 5 o más pisos en propiedad en estos municipios, serás considerado gran tenedor de inmuebles, con lo que ello representa.

Solo se han incluido dos alegaciones a la memoria presentada al Mitma, que debe dar su visto bueno antes de iniciar estas medidas que limitarán los alquileres durante los próximos tres años. El Parlamento catalán votará el próximo 1 de septiembre si se interpone ante el Tribunal Constitucional (TC) un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Vivienda.

La consellera de Territorio de la Generalitat de Cataluña, Ester Capella, ha anunciado la resolución de las alegaciones a la memoria catalana de la Ley de Vivienda del Gobierno y ha destacado que reducirán de 10 a cinco los inmuebles para considerar como grandes tenedores a los propietarios en aquellas zonas que se declaren de mercado residencial tensionado.

Así lo ha declarado en una rueda de prensa donde ha detallado que la alegación se ha resuelto favorablemente porque la nueva Ley de Vivienda en vigor ya contempla el cambio.

De hecho, La Ley de Vivienda define al «gran tenedor» como la persona física o jurídica que sea titular de más de 10 inmuebles urbanos, excluyendo garajes y trasteros, o una superficie construida de más de 1.500 m2 , como ya se recogió en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, de medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al covid-19, acotándose en el texto de la Ley a aquellos inmuebles y superficie que sea de uso residencial.

Si bien, se especifica que tal definición general podrá ser particularizada en la declaración de entornos de mercado residencial tensionado, pudiendo alcanzar a titulares de 5 o más inmuebles urbanos de uso residencial que estén ubicados en dichos entornos, que quedan supeditadas a la declaración por parte de la Administración competente, en este caso las comunidades autónomas.

Capella ha explicado que la otra alegación que han aprobado es que los promotores sociales que tengan «como objeto la promoción de inmuebles de protección social destinados al alquiler» no serán considerados grandes tenedores, aunque los que se dediquen a vender las viviendas, sí.

Estas son las dos únicas alegaciones que han modificado la memoria inicial que preparó el Govern en junio y que cifra en 140 los municipios que son zonas tensionadas, donde se deberá aplicar la limitación del alquiler que prevé la Ley.

La consellera ha detallado que ha habido un total de 50 alegaciones que trataban cuatro ejes: la imposibilidad de aplicar la Ley en Cataluña; la compensación económica a los propietarios; la consideración de los promotores sociales como grandes tenedores, y el cambio de definición gran tenedor.

El Govern quiere aplicar el control de precios cuanto antes

Los siguientes pasos a seguir son que el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) «debería avalar la memoria» que la Generalitat ha presentado este miércoles y ha dicho que la Ley de Vivienda podría entrar en vigor en Cataluña en agosto.

Preguntada sobre un posible recurso judicial por parte de las entidades representativas del sector de la promoción, la intermediación y la administración de viviendas, ha aseverado que espera que los tribunales valoren «los derechos que están en juego».

«No es ninguna contradicción», ha respondido sobre la votación en el Parlament el próximo 1 de septiembre para considerar si se interpone ante el Tribunal Constitucional (TC) un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Vivienda estatal.

Capella ha asegurado que la Generalitat está defendiendo sus competencias y que es su «obligación dar respuesta a la ciudadanía catalana» y garantizar sus derechos.

Por último, ha subrayado que le hubiera gustado que el TC no hubiera anulado la Ley de Vivienda catalana porque daba «respuesta absoluta a la situación de emergencia en materia de contención de riesgo».

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