Inspecciones reglamentarias de las instalaciones de baja tensión en las comunidades de propietarios

Ene 19, 2023 | Comunidades

La periodicidad de las inspecciones periódicas por una OCA en instalaciones de baja tensión en comunidades de propietarios, viene definida por el RD 842/2002 de 2 de agosto, por el que quedó aprobado el Reglamento Electrotécnico por Baja tensión y sus instrucciones complementarias. A continuación, expondremos las instalaciones afectadas:
  • Edificios de viviendas y zonas comunes cuando su potencia sea superior a 100 Kw tendrán que pasar una inspección reglamentaria de sus instalaciones eléctricas cada 10 años. Incluye también garajes, piscinas y alumbrado exterior.
  • Garajes de más de 25 plazas, deberá realizarse una inspección inicial e inspecciones periódicas cada 5 años.
  • Piscinas y fuentes que se encuentren en una comunidad con potencia superior a 10 Kw, inspección inicial y periódicamente cada 5 años.
  • Si una comunidad dispone de locales de pública concurrencia o locales húmedos de potencia mayor de 25 Kw o locales de riesgo de incendio en su edificio, inspección inicial y periódica cada 5 años.
  • No podemos olvidar una instalación cada vez más común de encontrar en las comunidades, que son las estaciones de recarga para vehículos eléctricos, que tendrán que tener una inspección inicial y también cada 5 años.
El Organismo de Control informará a la Generalidad de los casos con defectos muy graves, así como de los casos de haber superado el plazo establecido sin corrección de los defectos.
Si tienes alguna consulta, puedes ponerte en contacto con nosotros a través de los formularios de la web.

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Fuente: Colegio de Administradores de Fincas de Barcelona y Lleida.

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