En estos días en los que el confinamiento se ha apoderado de nosotros, muchos sectores se están viendo afectados económicamente dado que no podemos realizar nuestra vida diaria normal.
Se están tomando medidas y una de ellas es en relación con los autónomos, aprobada el 3 de abril. Esta medida consta principalmente con facilitar ayudas de hasta 2.000 euros a los autónomos para compensar las pérdidas causadas por el COVID-19.
¿Qué requisitos debo cumplir para solicitarla?
- Ser autónomo con domicilio fiscal en Cataluña (no se incluyen los trabajadores autónomos socios de sociedades mercantiles, sociedades civiles privadas, comunidades de bienes, colaboradores…).
- No disponer de ingresos alternativos. Además, la base imponible de la última declaración de la renta disponible debe ser igual o inferior a 25.000 euros.
- Cumplir las obligaciones tributarias con el Estado, la Generalitat, la Seguridad Social. En caso contrario, se debe disponer la correspondiente resolución de prórroga, moratoria o cualquier otra condición especial de las deudas.
- Estar dado de alta en el RETA, como mínimo, durante el primer trimestre del 2020.
- No disponer de ninguna prestación desde el 1 de marzo de 2020 del programa de Garantía Juvenil para favorecer la auto ocupación de jóvenes.
- Haber suspendido la actividad económica a causa de la aplicación del Real Decreto 463/2020 (modificado por el Real Decreto 465/2020 y normas concordantes).
- Haber sufrido una reducción drástica e involuntaria de su facturación durante el mes de marzo, como consecuencia del COVID-19.
Cumplo los requisitos, pero ¿cuál es el importe de la ayuda?
El importe de la ayuda es de entre 100 y 2.000 euros. Hay que tener en cuenta que el importe total que se destinará a estas ayudas es de 7.500.000 de euros. Una vez agotado este presupuesto, no se concederá ninguna ayuda más.
–¿Cómo y cuándo puedo solicitarla?
Como todas las gestiones que se están realizando mediante el Estado de Alarma, la solicitud de la ayuda se realiza de forma telemática, cumplimentando el formulario que proporciona la Generalitat de Catalunya en su web.
Para realizar la solicitud, acceder a la información oficial de la ayuda, la documentación y otros datos, puede hacer clic en este enlace.
El plazo para presentar la solicitud es como máximo hasta el 5 de mayo.