¿Es obligado el teletrabajo en la fase 1?
Siempre que sea posible, se fomentará la continuidad del teletrabajo para aquellos trabajadores que puedan realizar su actividad laboral a distancia.
¿Qué debo hacer si un trabajador tiene síntomas compatibles con la enfermedad?
Se contactará de inmediato con el teléfono habilitado para ello por la comunidad autónoma o centro de salud correspondiente y, en su caso, con los correspondientes servicios de prevención de riesgos laborales. Siempre que sea posible, el trabajador se colocará una mascarilla, debiendo abandonar su puesto de trabajo hasta que su situación médica sea valorada por un profesional sanitario.
¿Qué medidas tendré que tomar como responsable de mis trabajadores en la fase 1?
Se debe asegurar que todos los trabajadores tengan permanentemente a su disposición en el lugar de trabajo:
- Geles hidroalcohólicos o desinfectantes o, cuando esto no sea posible, agua y jabón.
- Equipos de protección adecuados al nivel de riesgo para garantizar la distancia de seguridad.
- Sustituir el fichaje con huella dactilar por cualquier otro sistema de control horario que garantice las medidas higiénicas adecuadas, o bien, se deberá desinfectar el dispositivo de fichaje antes y después de cada uso, advirtiendo a los trabajadores de esta medida.
- Organizar los turnos para garantizar la distancia de seguridad mínima de 2 metros en cualquier otra zona de uso común.
- Asegurar que se adoptan las medidas de limpieza y desinfección adecuadas a las características e intensidad de uso de los centros.
- Tras cada limpieza, los materiales empleados y los equipos de protección utilizados se desecharán de forma segura, procediéndose posteriormente al lavado de manos.
- Se procederá al lavado y desinfección diaria de los uniformes o ropa de trabajo, debiendo lavarse de forma mecánica en ciclos de lavado entre 60 y 90 grados centígrados.
- Se deben realizar tareas de ventilación periódica en las instalaciones y, como mínimo, de forma diaria y por espacio de cinco minutos.
- Cuando en los centros, entidades, locales y establecimientos previstos en esta orden haya ascensor o montacargas, su uso se limitará al mínimo imprescindible y se utilizarán preferentemente las escaleras. (1 PERSONA)
- Se fomentará el pago con tarjeta u otros medios que no supongan contacto físico entre dispositivos, evitando, en la medida de lo posible, el uso de dinero en efectivo.
- Se deberá disponer de papeleras, a ser posible con tapa y pedal, en los que poder depositar pañuelos y cualquier otro material desechable.
TODO EL PERSONAL DEBERÁ ESTAR FORMADO E INFORMADO SOBRE EL CORRECTO USO DE LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN.
¿Habrá libertad de circulación en la fase 1?
Se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada, sin perjuicio de las excepciones que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorio nacional por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza, SIEMPRE TOMANDO LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD NECESARIAS.
¿Podré quedar con amigos o familiares en la fase 1?
Los grupos deberían ser de un máximo de diez personas, excepto en el caso de personas convivientes, respetando las medidas de seguridad e higiene. Además, se permite la movilidad interterritorial entre municipios colindantes.
¿Qué locales pueden abrir?
Todos los establecimientos que no tengan más de 400 metros cuadrados y no se encuentren dentro de centros comerciales sin acceso desde el exterior. Así mismo, pueden abrir también (atendiendo con cita previa) los concesionarios de automoción, las estaciones de inspección técnica de vehículos y los centros de jardinería y viveros de plantas sea cual fuere su superficie útil de exposición y venta. También pueden abrir hoteles y alojamientos turísticos.
Todos ellos deben cumplir los siguientes requisitos:
- Que se reduzca al 30% el aforo total y se deberá garantizar una distancia mínima de dos metros entre clientes. Si no se puede mantener dicha distancia, solo podrá haber 1 cliente en el local.
- Establecer un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años.
- Cumplir las medidas de seguridad e higiene comentadas anteriormente.
En cuanto a las terrazas, se podrán utilizar al 50% de su capacidad, manteniendo 2 metros de distancia.
En cuanto a los hoteles y alojamientos turísticos, las zonas comunes permanecerán cerradas y solo podrán dar servicio de restauración a los clientes.