En una nuda propiedad, quien tiene derecho de firmar el contrato de alquiler es el usufructuario. Pero, ¿qué ocurre si muere el usufructuario que ha firmado un contrato de alquiler? ¿Los inquilinos pueden continuar los años de contrato que quedarían para finalizar el alquiler?
Por lógica, el propietario debería respetar lo que ha firmado el usufructuario cuando éste ha muerto, al igual que ocurre cuando un propietario muere y sus herederos tienen que respetar el contrato de alquiler firmado por el difunto. Sin embargo, la ley dice que desde el momento en que muerte del usufructuario, el contrato de alquiler queda extinguido automáticamente. Es por ello que un contrato de alquiler no da seguridad si está firmado por el usufructuario.
Como administradores de alquileres, desde Grup Solfinc consideramos que la forma idónea de actuar según la ley no es la correcta. Se deberían equiparar los contratos de alquiler firmados por usufructuarios y los contratos firmados por los propietarios. El gobierno ha cambiado la ley de arrendamientos urbanos para beneficiar a los inquilinos, pero no se han hecho modificaciones en este sentido, que perjudica a muchos inquilinos que se encuentran con un contrato de alquiler extinguido de un día para otro.