La TUR o Tarifa Último Recurso es una nueva tarifa de gas natural regulada por el Gobierno de España destinada a las comunidades de propietarios con calderas comunitarias para reducir el impacto de los elevados precios del mercado energético.
Esta TUR de Ahorro Vecinal pone límites a los precios del mercado y además está subvencionada por el Gobierno de España.
¿CUÁNTO PUEDO AHORRAR CON LA TUR DE AHORRO VECINAL?
El ahorro aproximado es del 50% respecto a lo que se pagaría sin esa medida.
¿CUÁNDO PUEDO ACOGERME A LA TUR DE AHORRO VECINAL?
Desde el día siguiente de la publicación del Real Decreto-ley del Gobierno, es decir, desde el jueves 20 de octubre de 2022. Puede aplicarse al consumo desde la fecha 1 de octubre de 2022.
¿QUIÉN PUEDE ACOGERSE A LA TUR DE AHORRO VECINAL?
Se podrán acoger en la nueva tarifa último recurso las comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios de viviendas de uso residencial.
Solo podrán acogerse a las comunidades de propietarios con un consumo anual superior a 50.000 kWh, así como a las empresas de servicios energéticos que les presten servicio.
¿QUIÉN DEBE SOLICITARLA?
El/la presidente/a de la comunidad de propietarios o, en su caso, un/a representante de la misma usando el certificado digital de la comunidad
¿CÓMO PUEDO SOLICITARLA?
Las comunidades de propietarios deben solicitar esta nueva TUR a la comercializadora con la que tienen el contrato actualmente, siempre que trabajen con tarifas de último recurso (TUR). Las que actualmente lo
hacen son:
- Grupo Naturgy
- Grupo Endesa
- Grupo Iberdrola
- GrupoTotal/EDP
Si el contrato lo tienes con una comercializadora que no trabaja con tarifas de último recurso, debes acudir al grupo empresarial con el que su comercializadora está conectada a la red o, en su defecto, a la comercializadora que tenga más cuota de mercado en tu comunidad autónoma.
¿QUÉ OCURRE SI TENGO UN CONTRATO EN VIGOR? ¿PUEDO ROMPERLO?
Sí, aunque deberá abonar la penalización que haya firmado en su contrato actual si todavía no ha cumplido el período de permanencia mínimo. En todo caso, se aplicará una nueva modificación de ley del gobierno que limita la penalización al 5% de la facturación prevista por el término variable de energía.
¿QUÉ REQUISITOS DEBE TENER NUESTRA CALDERA COMUNITARIA PARA ACOGERNOS EN LA TUR DE AHORRO VECINAL?
- Estar al corriente de pago de todas las obligaciones económicas con la actual comercializadora.
- Disponer antes del 30 de septiembre de 2023 de contadores individuales de calefacción o repartidores de costes. Para ello, debe presentarse un acuerdo de la junta de propietarios aprobando su instalación en ese plazo.
- Tener realizada en plazo la inspección de eficiencia energética con resultado positivo.
¿CÓMO INSTALAMOS LOS CONTADORES INDIVIDUALES? ¿REQUIERE DE OBRA?
En primer lugar, existe el plazo de casi un año para poder instalarlo, aunque recomendamos hacerlo lo antes posible, porque ayuda a controlar el gasto y aumentar el ahorro.
La instalación no comporta obras, pero sí requiere del vaciado de la caldera para su instalación.
Existen múltiples empresas de servicios energéticos que se encargan de instalarlos; además, algunas corren con la inversión a cambio de un porcentaje de los ahorros obtenidos a largo plazo, por lo que no tiene coste para los vecinos.
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