Desde que ha aparecido la Covid-19, ha habido cambios constantes en la Ciudad. Una de las preguntas que nos hacen es si se pueden realizar reuniones de propietarios.
¿Se pueden realizar juntas de Propietarios?
A la Fase 1 se pueden celebrar reuniones de hasta 10 personas y una vez se entre a la Fase 2, se podrán convocar reuniones de hasta 50 personas. No obstante, se tendrán que seguir unas medidas de prevención en cuanto a la distancia social de seguridad.
Podéis ver un ejemplo a la imagen que nos facilita el Colegio de Administradores de fincas de Barcelona. Aquí se muestra cómo se tienen que medir las distancias y las superficies mínimas por asistente, aunque según el diseño de la sala, las zonas de, los accesos, los muebles y otras especificaciones, la superficie mínima podría ser mayor.
Te recordamos que en ningún caso corresponde ni en la comunidad de propietarios ni al administrador de fincas facilitar a los asistentes mesures de protección personal como mascarillas, guantes, etc. No obstante, el uso de las mascarillas será obligatorio, según la normativa actual, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de 2 metros.
Además, antes y después de la reunión se tiene que proceder a la limpieza y desinfección de toda la instalación donde se desarrolle la reunión, con especial atención a las zonas de contacto con los asistentes.