Subvenciones para la contratación de personas jóvenes

Feb 9, 2022 | Últimas entradas

En fecha 22 de noviembre de 2021, se publicó la Orden EMT/214/2021, de 17 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la contratación de personas jóvenes para fomentar el empleo y la contratación de personas jóvenes en situación de desempleo.

Los jóvenes tienen graves dificultades para incorporarse al mercado de trabajo desde hace años. De hecho, desde la crisis de 2008 el paro juvenil no ha dejado de ser uno de los principales problemas de nuestra sociedad. Los jóvenes han sido también el colectivo más damnificado por los efectos de la pandemia en el mercado de trabajo.

En este contexto se considera prioritario intervenir, mediante el fomento del empleo y la contratación, para favorecer la empleabilidad de las personas jóvenes que no pueden suscribir una relación laboral bajo la modalidad de contrato en prácticas, pero que tienen su actitud, aptitud y competencias para optar a una contratación laboral de cara a su futura inserción de calidad en el mercado de trabajo.

Subvenciones para la contratación de personas jóvenes en paro (SOC)

Entidades beneficiarias: Personas físicas o jurídicas privadas y comunidades de bienes, con capacidad para suscribir, como empresarias, un contrato de trabajo, así como las cooperativas de trabajo asociado.

Personas destinatarias: Personas jóvenes mayores de 16 y menores de 30, incluidas las personas con discapacidad inscritas como demandantes de empleo no ocupadas (DONO).

  • Son subvencionables los contratos indefinidos y la jornada completa.
  • Los contratos se pueden iniciar hasta el 28 de febrero de 2022 y deben finalizar como máximo el 27 de febrero de 2023.
  • El importe mensual de la subvención es de 1.473,71€ y hasta un máximo de 12 meses (17.684,52€).
  • El número de contratos subvencionables por persona o entidad beneficiaria por esta convocatoria de subvenciones, no puede ser superior a 5. Tampoco superar el 50% de laplantilla de la entidad beneficiaria, excepto cuando se trate de una persona física o jurídica que tenga hasta 1 persona contratada en la que el número máximo de contratossubvencionables será 1.
  • Presentación solicitudes: del 31 de diciembre de 2021, a las 9:00 horas y hasta el día 31 de marzo de 2022, a las 15:00 horas.
  • La solicitud siempre debe hacerse por 12 meses. Si el contrato finalmente no llega a los 12, se realizará una revocación proporcional al tiempo que haya faltado para llegar.
  • Las solicitudes de subvención deben presentarse por medios telemáticos, una vez formalizado el contrato, a través de este enlace.

Subvenciones para la contratación en prácticas de personas jóvenes (SOC)

Entidades beneficiarias: Personas físicas o jurídicas privadas y comunidades de bienes, con capacidad para suscribir, como empresarias, un contrato de trabajo, así como las cooperativas de trabajo asociado.
Personas destinatarias: Personas jóvenes mayores de 16 y menores de 30, incluidas las personas con discapacidad inscritas como demandantes de empleo no ocupadas (DONO) y con título universitario o de FP de grado medio o superior (o títulos oficialmente equivalentes), o certificado de profesionalidad, que habilite para el ejercicio profesional y demás requisitos del contrato en prácticas.

  • Son subvencionables los contratos en prácticas con una duración mínima de un año y jornada completa.
  • El puesto de trabajo, objeto del contrato subvencionado, debe estar relacionado con la titulación de la persona contratada.
  • Los contratos se pueden iniciar hasta el 28 de febrero de 2022 y deben finalizar como máximo el 27 de febrero de 2023.
  • El importe mensual de la subvención es de 1.473,71€ y hasta un máximo de 12 meses (17.684,52€).
  • El número de contratos subvencionables por persona o entidad beneficiaria por esta convocatoria de subvenciones no puede ser superior a 5 ni superar el 50% de la plantilla de la entidad beneficiaria. Eexcepto cuando se trate de una persona física o jurídica que tenga hasta 1 persona contratada en que el número máximo de contratos
    subvencionables será 1.
  • Plazo presentación solicitudes: del 31 de diciembre de 2021, a las 9.00 horas y hasta el día 31 de marzo de 2022, a las 15.00 horas.
  • La solicitud siempre debe hacerse por 12 meses. Si el contrato finalmente no llega a los 12, se realizará una revocación proporcional al tiempo que haya faltado para llegar.
  • Las solicitudes de subvención deben presentarse por medios telemáticos, una vez formalizado el contrato, a través de este enlace.

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